El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ratificó este lunes que los pueblos indígenas únicamente podrán participar en comicios subnacionales, de acuerdo con la Ley 1096 de Organizaciones Políticas. Esto significa que no podrán presentar candidaturas en las elecciones generales del próximo 17 de agosto, pese a que algunas organizaciones indígenas habían solicitado ser habilitadas para ese proceso.

La Sala Plena del TSE reafirmó que los artículos 5 y 15 de dicha ley siguen plenamente vigentes. En el inciso C del artículo 5 se establece que las organizaciones indígenas están facultadas para intervenir únicamente en elecciones subnacionales, bajo sus propias normas y procedimientos.

Asimismo, el artículo 15 detalla los requisitos que estas organizaciones deben cumplir para registrarse ante el Órgano Electoral Plurinacional, incluyendo el acta de decisión orgánica para participar, su personalidad jurídica, estatuto o acta constitutiva, y una propuesta programática.

Con esta determinación, el TSE deja en claro que la participación indígena en procesos electorales está limitada al ámbito departamental, municipal o regional, lo que excluye su presencia directa en los comicios nacionales.

Revista Estamos Vivos

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