El Gobierno promulgó la Ley N.º 1733, una normativa de alivio tributario que condona deudas impositivas y habilita un nuevo proceso de regularización para contribuyentes con obligaciones pendientes ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) y la Aduana Nacional (AN). La ley fue promulgada el 27 de mayo de 2026 en la ciudad de La Paz y busca reducir la carga económica de personas y empresas, además de facilitar la recuperación de recursos para el Estado.

La medida más importante establece la condonación total, por única vez, de deudas tributarias, intereses y multas correspondientes a periodos fiscales anteriores a enero de 2018. El beneficio alcanza incluso a procesos que ya se encontraban en ejecución tributaria, cobranza coactiva o en instancias judiciales y administrativas, siempre que no exista remate o adjudicación de bienes.

La normativa también dispone el perdón de deudas y multas tributarias de la gestión 2020, sin importar el monto adeudado, medida que apunta a aliviar las dificultades económicas generadas durante la pandemia y los años posteriores.

Sin embargo, la condonación automática no beneficiará a contribuyentes cuyo tributo omitido acumulado hasta el 31 de diciembre de 2017 sea igual o mayor a Bs 10 millones. Pese a ello, este sector sí podrá acogerse a los planes de regularización tributaria establecidos en la ley.

La Ley 1733 habilita un periodo de regularización para obligaciones tributarias comprendidas entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2025. Los contribuyentes tendrán inicialmente 120 días calendario para acogerse al beneficio, aunque el Órgano Ejecutivo podrá ampliar este plazo hasta el 31 de diciembre de 2026.

Quienes decidan regularizar sus deudas podrán hacerlo mediante pago al contado o a través de facilidades de pago de hasta 36 cuotas mensuales. En ambos casos se condonarán intereses, multas por omisión de pago, incumplimiento de deberes formales y sanciones vinculadas a delitos tributarios y aduaneros.

La ley alcanza a contribuyentes con declaraciones juradas pendientes de pago, declaraciones no presentadas, errores en formularios anteriores, procesos de fiscalización abiertos o facilidades de pago incumplidas. También podrán acogerse quienes tengan procesos de impugnación administrativa o judicial, siempre que desistan total o parcialmente de sus recursos legales.

Otro punto importante de la normativa señala que quienes ya hubieran pagado el tributo omitido y los intereses, pero aún adeuden únicamente multas tributarias o aduaneras, quedarán liberados de esas sanciones. Además, se condonan multas por contrabando contravencional y otras infracciones tributarias cometidas hasta el 31 de diciembre de 2025.

La norma también incorpora modificaciones al Código Tributario Boliviano. Entre los cambios más relevantes se reduce a cuatro años el plazo de prescripción para que la Administración Tributaria pueda fiscalizar, determinar deudas, imponer sanciones y ejecutar cobros tributarios. Este plazo podrá ampliarse a seis años en casos donde el contribuyente no esté inscrito correctamente o figure en un régimen tributario que no le corresponda.

En relación al Impuesto al Valor Agregado (IVA), la ley redefine la base imponible y aclara que el precio neto de venta corresponde al valor real del bien o servicio antes de impuestos. Asimismo, especifica qué gastos forman parte del monto gravado y cuáles pueden ser deducidos legalmente.

La normativa también actualiza la regulación de juegos de azar y sorteos, incorporando modalidades digitales, electrónicas y tecnológicas dentro del alcance tributario.

Con la promulgación de esta ley, el Gobierno busca incrementar la regularización tributaria, reducir litigios fiscales y otorgar un alivio económico temporal a miles de contribuyentes en todo el país.

Revista Estamos Vivos 

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