El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social oficializó el incremento del Salario Mínimo Nacional (SMN) para la gestión 2026 mediante la Resolución Ministerial 088/26, que establece un nuevo monto de Bs 3.300, equivalente a un aumento del 20% respecto al salario anterior.

La normativa dispone que el ajuste salarial es de cumplimiento obligatorio y debe aplicarse con efecto retroactivo al 1 de enero de 2026, lo que implica el pago de las diferencias salariales correspondientes al mes de enero para los trabajadores alcanzados por la medida.

El incremento beneficia principalmente a los trabajadores del sector privado que se encuentran bajo relación de dependencia y perciben un salario inferior al nuevo mínimo establecido. En estos casos, las empresas están obligadas a adecuar el salario básico hasta alcanzar, como mínimo, el monto fijado, sin que esta adecuación pueda ser sustituida por otros beneficios o compensaciones.

En el sector público, la aplicación del nuevo salario mínimo presenta restricciones debido a que el Presupuesto General del Estado 2026 mantiene congelado el incremento general de remuneraciones. En consecuencia, solo se reconocen ajustes por ascensos o crecimiento vegetativo en áreas como salud, educación, Policía y Fuerzas Armadas, mientras que otros funcionarios no accederán necesariamente al nuevo monto del SMN.

Para los trabajadores con jornadas parciales, el salario mínimo se aplicará de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado, conforme a la normativa vigente.

Quedan fuera del incremento obligatorio los trabajadores cuya remuneración ya supera los Bs 3.300, así como los altos ejecutivos y cargos cuyos salarios se establecen mediante contratos especiales. En estos casos, el aumento solo podrá aplicarse si así lo dispone un contrato individual o una negociación colectiva.

La resolución también establece mecanismos de control para garantizar el cumplimiento del ajuste salarial. Las empresas e instituciones obligadas deberán presentar una planilla complementaria de adecuación al SMN 2026 ante el Ministerio de Trabajo, con carácter de declaración jurada. Este documento deberá detallar el salario anterior, el nuevo salario básico y los montos retroactivos pagados.

El plazo para la presentación de esta planilla vence el día 15 del tercer mes posterior a la publicación de la resolución, sin que ello exima a los empleadores de la obligación inmediata de pagar el nuevo salario mínimo ni las diferencias retroactivas correspondientes. Con esta medida, el Gobierno busca actualizar el ingreso mínimo legal y fortalecer el cumplimiento de los derechos laborales en el país.

Revista Estamos Vivos 

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