El Tribunal Supremo Electoral (TSE) comunicó que, a partir del lunes 20 de octubre, el certificado de sufragio correspondiente a la segunda vuelta del proceso electoral celebrado este domingo será el único documento válido para acreditar la obligación del voto en el país.
El vocal del TSE, Gustavo Ávila, aclaró que no será necesario presentar los certificados de la primera vuelta del 17 de agosto, sino únicamente el más reciente. “Hasta el día de ayer se solicitaba el certificado del 17 de agosto y a partir de mañana se exigirá el del proceso electoral de hoy. No es necesario que los ciudadanos presenten los dos certificados”, explicó en BTV.
Este documento es exigido para diversos trámites, entre los que se incluyen:
- Movimientos bancarios.
- Solicitud de pasaportes.
- Postulación a cargos públicos en entidades estatales.
El TSE recordó que, desde este lunes, todas las instituciones públicas y privadas deberán exigir únicamente el certificado de la segunda vuelta y no el correspondiente a la elección de agosto.
Para quienes no pudieron sufragar, existe la posibilidad de tramitar un certificado de impedimento de sufragio, que se gestiona ante el tribunal electoral departamental correspondiente. La solicitud debe presentarse con la justificación adecuada, que puede incluir enfermedad, viajes u otras causas de fuerza mayor, dentro del plazo legal establecido. Este procedimiento garantiza que los ciudadanos puedan cumplir con sus obligaciones cívicas y continuar realizando trámites legales y administrativos sin inconvenientes.
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