La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitió una instrucción clara: los bancos y entidades financieras deben atender las solicitudes de refinanciamiento o reprogramación de créditos de personas cuya capacidad de pago se ha visto afectada por la actual coyuntura económica.
La disposición, contenida en la carta circular 1614/2025 del 30 de mayo y firmada por la directora Ivette Espinoza, busca brindar alivio financiero a quienes enfrentan dificultades en sus actividades económicas. Esta medida está respaldada por la Ley 393 de Servicios Financieros.
ASFI exige que las entidades analicen cada caso y ofrezcan soluciones adecuadas a las necesidades específicas del deudor. Esto puede incluir periodos de gracia —durante los cuales no se pagan ni capital ni intereses—, prórrogas u otros mecanismos que mejoren las condiciones del crédito. Además, aclara que acceder a una reprogramación no significará que el prestatario sea automáticamente calificado como cliente de alto riesgo.
Las entidades tienen un plazo máximo de 30 días calendario para responder a las solicitudes, garantizando un trato justo y sin discriminación. Se espera que ofrezcan condiciones razonables y equitativas, priorizando los intereses económicos de los prestatarios.
La ASFI recordó que la gerencia general de cada entidad financiera será la responsable de hacer cumplir esta instrucción, y advirtió que su cumplimiento será verificado dentro de sus labores de supervisión.
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