El Gobierno puso en marcha un despacho presidencial virtual y redefinió las funciones del Vicepresidente durante ausencias temporales del mandatario, tras la promulgación del Decreto Supremo 5515, emitido el 1 de enero, con el objetivo de garantizar continuidad institucional y evitar vacíos de poder cuando el Presidente se encuentre fuera del país.
La norma autoriza al presidente Paz a ejercer sus atribuciones constitucionales mediante medios tecnológicos de comunicación, incluso desde el exterior, en coordinación con la Agetic, lo que formaliza el uso de herramientas digitales para la gestión del Estado. El decreto también establece un protocolo alterno para los casos en los que la conectividad no sea posible: el Presidente deberá instruir por escrito al vicepresidente Edmand Lara sobre acciones específicas a ejecutar durante la suplencia temporal.
En ese marco, el texto acota el alcance del Vicepresidente, señalando que su actuación debe ceñirse estrictamente a las instrucciones recibidas y coordinarse con el Ministerio de la Presidencia, en coherencia con las políticas de Estado y de Gobierno. Con ello, el Ejecutivo precisa que la suplencia no implica la asunción plena del mando.
El decreto fue interpretado por analistas y actores políticos como una medida orientada a ordenar la sucesión temporal y delimitar competencias, evitando interpretaciones discrecionales sobre la jefatura del Ejecutivo durante ausencias del mandatario.
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